¿El innovador antes de comercializar debería verificar si puede infringir patentes?

Uno de los riesgos que se corre a la hora de comercializar innovaciones es el de infringir patentes, modelos de utilidad e incluso diseños industriales. Dado que los delitos relacionados con la propiedad industrial son unos de los que se encuentran en el catálogo de delitos para los que existe la “responsabilidad penal de las personas jurídicas”; hemos de ser conscientes que investigar si puede haber derechos de terceros debería ser una actividad a incluir en los proyectos de innovación en cualquier organización que quiera vender esas innovaciones.

Es importante recordar que los derechos de propiedad industrial son territoriales, es decir, el registro protege un territorio, normalmente un país aunque en el caso del diseño comunitario (dibujo o modelo) el registro es para la totalidad del territorio de la Unión Europea.

Este carácter territorial hace que sea importante que cuando se desarrolle el documento de especificaciones para investigar la posibilidad de infracción participe el departamento de marketing porque debería exponer en que países prevé comercializar a corto, medio y largo plazo.

El documento que expone las posibles infracciones (o la ausencia de estas) se conoce como Informe de “Libertad de Accion” (en inglés, Freedom to Operate). Aunque este documento no ofrece una garantía absoluta sobre la ausencia de infracción sí que permite minimizar de forma sustancial los riesgos de infracción, riesgos que no son desdeñables por sus efectos económicos. Para esto lo habitual es hacer una búsqueda en las bases de datos de patentes con el objeto de encontrar las posibles patentes o modelos de utilidad que protejan elementos que incorporamos en nuestra innovación.

Es importante tener en cuenta que esto no afecta solo a lo que nosotros desarrollemos sino que también incluye todos los componentes que compremos a terceros y que incorporemos a nuestros productos o servicios. Esto hace que a la hora de hacer nuestras peticiones de oferta a nuestros proveedores entre los requisitos debería estar la petición de entrega de un documento de Freedom to Operate sobre los productos que el proveedor suministrará.

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