Pedir la Declaración de Conformidad de un producto puede ser la entrada a una Dimensión Desconocida

La Declaración de Conformidad es el documento que debe acompañar a todos los productos que llevan marca CE. Esta declaración se requiere en virtud de la legislación de armonización de la Unión Europea y obliga al fabricante (o su representante autorizado) establecido dentro de la Unión a redactar y firmar una declaración UE de conformidad antes de introducir un producto en el mercado de la Unión. La declaración UE de conformidad es un documento en el que se expresa que el producto cumple todos los requisitos esenciales pertinentes de la legislación vigente en el momento de la introducción al mercado del producto. Al redactar y firmar una declaración UE de conformidad, el fabricante (o su representante autorizado) asume la responsabilidad de la conformidad del producto.

Si uno se pone a pedir la declaración UE de conformidad antes de comprar un producto o para asesorar en la compra de productos por parte de terceros, especialmente empresas que los importan o que quieren incorporarlos como componentes en sus propios productos, se puede encontrar entre los diferentes proveedores una variedad de respuestas que creo adecuado comentar por lo que supone de incumplimiento en sus obligaciones o sobre los errores que están cometiendo. Estas respuestas y las situaciones que pueden conllevar tras la compra podrían tener consecuencias que irían desde el ámbito de la legislación mercantil hasta el ámbito de la legislación penal.

En este post expondré dos de las respuestas que me he recibido a mi petición de envío de la declaración de conformidad o indicación del enlace de descarga en la página web de la empresa de productos que ya se podían comprar en una tienda:

  • Le enviaremos la Declaración de Conformidad cuando haya comprado el producto.

Es decir me he de fiar de Vds. porque como ha puesto la etiqueta del marcado CE se hace responsable de ello. Bueno, pues me fio y compro, entonces que es lo que puede ocurrir si cuando recibo su Declaración de Conformidad observo alguna irregularidad o deficiencia.

Primero consultaré el RDL 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que en su artículo 116 “Conformidad de los productos con el contrato” me dice:

1. Salvo prueba en contrario, se entenderá que los productos son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:

…  d) Presenten la calidad y prestaciones habituales de un producto del mismo tipo que el consumidor y usuario pueda fundadamente esperar, habida cuenta de la naturaleza del producto y, en su caso, de las declaraciones públicas sobre las características concretas de los productos hechas por el vendedor, el productor o su representante, en particular en la publicidad o en el etiquetado. El vendedor no quedará obligado por tales declaraciones públicas si demuestra que desconocía y no cabía razonablemente esperar que conociera la declaración en cuestión, que dicha declaración había sido corregida en el momento de celebración del contrato o que dicha declaración no pudo influir en la decisión de comprar el producto.

Es evidente que si un producto lleva la etiqueta de marcado CE influye en la decisión de compra.

3. No habrá lugar a responsabilidad por faltas de conformidad que el consumidor y usuario conociera o no hubiera podido fundadamente ignorar en el momento de la celebración del contrato o que tengan su origen en materiales suministrados por el consumidor y usuario.

Si yo no obtengo previamente la declaración de conformidad entonces no se podría decir que el vendedor no es responsable porque yo he ignorado faltas de conformidad, ya que el vendedor me dice que dado que lleva el marcado CE me están asegurando que el producto es conforme; lo cual no tiene por qué ser cierto.

La cuestión es que cuando reciba la declaración y vea que no es lo que corresponde procederé, en primera instancia, a solicitar la devolución del producto y la restitución de todo lo pagado por ello.

  • Adjunta le enviamos la Declaración de Conformidad (una declaración que tiene fecha del mismo día en que se envía el correo electrónico de respuesta).

Aquí lo que hay que tener en consideración es la Decisión 768/2008/CE (Marco común para la comercialización de los productos) en la que se expone que una de las obligaciones de los fabricantes es:

2. Los fabricantes elaborarán la documentación técnica requerida y aplicarán o mandarán aplicar el procedimiento de evaluación de la conformidad pertinente.

Cuando se haya demostrado que el producto cumple los requisitos aplicables mediante este procedimiento, los fabricantes elaborarán una declaración CE de conformidad y colocarán el marcado de conformidad.

Es decir que la fecha de la Declaración de Conformidad ha de ser anterior a su introducción en el mercado. Recordemos que un producto es introducido en el mercado cuando es puesto a disposición por primera vez en el mercado de la Unión, es decir, cuando el fabricante vende a un distribuidor o directamente a la tienda se produce la introducción al mercado. Por tanto un producto disponible en tienda física debe tener ya su declaración de conformidad.

Si se envía una Declaración de Conformidad con fecha posterior a una solicitud se está incumpliendo lo que indica la legislación con las consecuencias que eso puede conllevar.

Estas son dos de las diversas sorprendentes respuestas que he recibido, en próximos artículos explicaré otras peculiares respuestas .

2 Comments
  1. 17 junio, 2023
  2. 14 junio, 2023

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