Para empezar es oportuno recordar que entre los “delitos atribuibles a las personas jurídicas” se incluyen los que se refieren al secreto de empresa que se describen en la Parte Especial del Código Penal dentro del Capítulo 11, Sección 3.ª descritos como “delitos relativos al mercado y a los consumidores”.
Aunque la ley nos proteja frente a los que comenten este delito esto no es excusa para no desarrollar un sistema de gestión de nuestros secretos empresariales con el objetivo de minimizar la posibilidad de que sean conocidos por terceros ajenos a la empresa. Para ello una de las estrategias a considerar consiste en planificar un “plan de protección de los secretos empresariales”, un plan que debemos considerar como parte de nuestro sistema de compliance.
Una de las premisas fundamentales para que este plan funcione es que en la empresa exista un clima proactivo hacia el secretismo, es decir, que todos los empleados sean conscientes de la importancia de los secretos de empresa y de su protección empezando desde lo alta dirección hasta el recién llegado. Deben interiorizar que los secretos empresariales son uno de los principales factores que permiten la diferenciación y la competitividad de su empresa.
Para estructurar este plan podemos considerar un esquema en el que se desarrolle:
- Modelos.
En nuestra empresa deberemos definir como se integra el plan dentro del modelo de gestión de riesgos que hemos considerado en nuestro programa de compliance.
- Políticas.
En nuestra empresa deberemos establecer cuál es la política de acuerdos de confidencialidad y de no divulgación, tanto con nuestros empleados como con terceros que por su relación con la empresa puedan obtener conocimiento de algunos de sus secretos.
- Protocolos.
En nuestra empresa deberemos desarrollar protocolos de acceso a la información confidencial así como para su recogida o su difusión dentro de la empresa. Estos protocolos deberían incluir sistemas de control tanto para los modos de acceso físico como los de acceso digital.
- Competencias.
En nuestra empresa deberemos desarrollar programas de formación tanto para los empleados como para terceros vinculados. En estos programas se deberá concienciar de la importancia de mantener los secretos de empresa y como se debe actuar para mantenerlos internamente.
Desarrollar todos estos aspectos requiere de una asignación de recursos, tanto económicos como humanos, que puede ser importante pero que aporta a la empresa un importante retorno en mantener su valor tanto tangible como, especialmente, intangible.
Un elemento que incide en este tema es la Ley de Secretos Empresariales que está en proceso de tramitación. Esta es una ley de la que desde el último post en el que hablaba de ella se han producido varios hechos:
- El pasado 22 de marzo el pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó el informe sobre el Anteproyecto de Ley de Secretos Empresariales. En este informe el CGPJ expone una serie de consideraciones para mejorar el texto con el objetivo de aumentar el grado de concreción de algunos aspectos que en el texto remitido por el Ministerio de Justica no eran suficientemente explícitos.
- El pasado 6 de abril la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia publicó su informe sobre el Anteproyecto de Ley de secretos empresariales con el que da respuesta a la solicitud del Ministerio de Justicia. En este informe la CNMC también expone una serie de recomendaciones, aunque en mi opinión de menor entidad que las que hace el CGPJ.